Fundación Misiones de Amor
NIT 901.754.658
La Fundación Misiones de Amor en cumplimiento de la normativa vigente con respecto al Régimen Tributario Especial, lo invita a consultar la siguiente información:
La Fundación Misiones de Amor enmarca su objeto social en las siguientes actividades meritorias descritas en la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016 en su artículo 152 que modifica el artículo 359 del Estatuto Tributario:
- Apoyar la promoción y realización de los Derechos Humanos a comunidades vulnerables, con el ánimo de potenciar sus capacidades y atender sus necesidades.
- Gestionar acciones que conlleven al empoderamiento social, económico y político de las comunidades vulnerables tendientes a la construcción de un tejido comunitario y transformador.
- Articular acciones públicas, privadas y de cooperación internacional que permitan generar soluciones sostenibles a las diversas necesidades y problemáticas de las comunidades vulnerables.
Acta de Constitución Fundación Misiones de Amor.
Informe Anual de Resultados año 2023
Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección en el que se aprobó la distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable, si hay lugar a ello.
Copia del acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección, en la que se autorice al representante legal para que solicite que la entidad permanezca o sea calificada como entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta.
Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año del respectivo año. (Numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.)
Certificado cumplimiento requisitos
Certificado de Existencia y Representación Legal
Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello.
Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.